Fuero maternal y nulidad del acuerdo de término laboral

Se interpuso un recurso de nulidad contra una sentencia que acogió la reclamación de una empresa. El juzgado anuló la multa impuesta por la Inspección del Trabajo por la separación de una trabajadora con fuero maternal.

⁉️ ¿Puede una trabajadora con fuero maternal renunciar a él de forma anticipada a través de un acuerdo?
¿Es legal terminar un contrato de trabajo de mutuo acuerdo mientras subsiste el fuero?

👨‍⚖️ El ICA de Valparaíso anuló el fallo de primera instancia. La sentencia del grado vulnera el art. 5° CdT, que establece que «los derechos establecidos por las leyes laborales son irrenunciables, mientras subsista el contrato de trabajo».

👩‍⚖️ Por lo tanto, no se puede pactar una renuncia anticipada del fuero maternal. El art. 201 CdT es claro: el fuero se extiende hasta un año después del descanso de maternidad.

👨‍⚖️ Para poner término al contrato, se requiere la autorización previa del juez, según el art. 174 CdT. Esta autorización no fue solicitada, lo que constituye una infracción de ley.

🎯 La empresa separó ilegalmente a la trabajadora sin autorización judicial, aun existiendo un acuerdo notarial. Esto vulnera el fuero maternal y el art. 174 CdT.

🎯 La norma es «enfática» en que «los derechos establecidos por las leyes laborales son irrenunciables, mientras subsista el contrato de trabajo». Un acuerdo anticipado para renunciar al fuero no es válido.

🎯 La sentencia del grado cometió un error de derecho al validar el acuerdo notarial. Por ello, el recurso de nulidad fue acogido, anulando el fallo y la empresa deberá asumir la multa.

👩‍⚖️ 🧑‍⚖️ 👩‍⚖️ El ICA de Valparaíso acogió el recurso de nulidad, declarando la nulidad de la sentencia del 2° Juzgado de Letras de Quillota. Dictó una sentencia de reemplazo que rechazó la reclamación, manteniendo la multa de la Inspección Provincial del Trabajo de Quillota.

(Redactó M. Carrasco)

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