Clínica Reñaca: Práctica antisindical y extensión ilegal de beneficios

(RIT O-8-2013): La demandante, una inspectora del trabajo de Viña del Mar, deduce denuncia por práctica antisindical en contra de la empresa Clínica Reñaca S.A.

🚩El Sindicato Clínica Reñaca N°2 denunció ante la Inspección del Trabajo que la empresa extendió beneficios de su contrato colectivo a trabajadores del Sindicato N°1 sin aplicar el descuento obligatorio del 75% de la cuota sindical.

➡️ LA DEMANDANTE

🔷Clínica Reñaca S.A. ha estado incurriendo en práctica antisindical al extender beneficios del contrato colectivo suscrito entre ambas partes en septiembre de 2012 a trabajadores que no pertenecen a su sindicato, sin haber obtenido el pago del 75% de la cuota sindical correspondiente.

🔷En su denuncia detallan que los beneficios se refieren a la entrega de un polerón de polar, entrega de dos uniformes, bono de cambio de vestuario, asignación de caja, bono de feriado legal y el beneficio de la fiesta de Navidad.

Solicita que se declare la infracción, se ordene el cese de la conducta, se establezcan medidas de reparación y se condene a la empresa al pago de la multa máxima permitida por la ley.

➡️ LA CLÍNICA

Rechazó las acusaciones basándose en los siguientes argumentos:

💠Bono de cambio de vestuario: Sostuvo que este beneficio no fue una concesión nueva del Sindicato N°2, sino que la clínica ya lo otorgaba a todos sus auxiliares paramédicos mucho antes de la negociación colectiva de septiembre de 2012. Afirmó que solo se cambió la forma de cálculo y que, al aplicarlo a ambos sindicatos, solo seguía su política histórica de igualdad entre el personal.

💠Entrega de uniformes: Argumentó que, aunque los contratos hablaban de «un uniforme anual», la realidad (basada en el «principio de primacía de la realidad») es que siempre se habían entregado dos tenidas a todos los auxiliares paramédicos, tanto en 2009 como en 2012

💠Protección de los trabajadores: Manifestó que la empresa no podía avalar lo que consideraba un «interés mezquino» de los dirigentes sindicales y que su deber era velar por los derechos de todos los trabajadores, no solo de unos pocos.

¿CUÁL FUE LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL?

El tribunal acogió la denuncia interpuesta por la Inspección del Trabajo.

🔹Declaración de infracción: Se declaró que la empresa Clínica Reñaca S.A. incurrió en una práctica lesiva de la libertad sindical.

🔹Orden de descuento: El tribunal ordenó que la empresa debe, a contar de la notificación de la sentencia, descontar a los trabajadores beneficiados el 75% de la cuota sindical en favor del Sindicato N°2.

🔹Condena a multa: Se condenó a la clínica al pago de una multa de 10 UTM a beneficio del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.

¿Le pasó algo parecido? Cuéntenos su caso y le diremos con claridad si tiene una acción y en qué plazo. Evaluar mi caso →

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