Área de práctica

Despido por perjuicio material

Esta causal se invoca cuando el empleador alega que usted causó daños materiales intencionalmente a los bienes de la empresa, como instalaciones, maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías.

¿Qué significa esto?

  • El daño debe ser a bienes específicos de la empresa.
  • Lo más importante es que el actuar haya sido intencional (con dolo). No basta con cualquier daño, incluso si ocurre en horario laboral; la clave es una intención directa y específica de dañar la propiedad del empleador.
Daño

Lo que usted obtiene

Usted enfoca su energía en seguir adelante. Nosotros, en su caso.

Sabe a qué atenerse desde el primer día

Le decimos si tiene caso, cuánto podría reclamar y qué riesgos existen antes de que decida demandar.

Paga según el resultado

En la mayoría de los casos de trabajadores cobramos solo si usted obtiene un resultado favorable.

Sus plazos, bajo control

Calculamos y vigilamos los plazos de caducidad para que no pierda su derecho por días.

Un abogado que conoce su causal

Desahucio, necesidades de la empresa, art. 160, tutela: es lo único que hacemos, todos los días.

Siempre informado

Le avisamos cada audiencia, cada escrito y cada propuesta de conciliación, en lenguaje claro.

Atención en todo Chile

Reuniones por videollamada y juicio electrónico: no importa en qué ciudad esté.

Cómo trabajamos

Tres pasos, sin letra chica

1

Agende o escríbanos

Por WhatsApp o por el formulario. Todo lo que nos cuente es confidencial. Con la carta de despido y sus últimas liquidaciones basta para empezar.

2

Evaluación por videollamada

Revisamos sus documentos con usted y le decimos si hay un caso, cuánto podría reclamar y cuál es su plazo. Si no hay caso, se lo decimos.

3

Estrategia y demanda

Definimos la estrategia, presentamos la demanda y lo representamos en las audiencias hasta el pago. Le informamos cada avance.

Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarnos

¿Cuánto tiempo tengo para demandar?

Por regla general, 60 días hábiles desde el despido. Si antes presenta un reclamo ante la Inspección del Trabajo, el plazo se suspende mientras dura ese trámite, pero en ningún caso puede exceder 90 días hábiles. Vencido el plazo, la acción caduca.

¿Cuánto cobran?

En la mayoría de los casos de trabajadores cobramos un honorario de resultado: solo cobramos si obtenemos un resultado favorable. Para empresas, el honorario se acuerda según el encargo. Antes de comprometerse, evaluamos su caso y le decimos con claridad si vale la pena demandar.

¿Debo firmar el finiquito?

Puede firmarlo con reserva de derechos, indicando por escrito que se reserva las acciones por despido injustificado u otras. Si firma sin reserva, puede perder la posibilidad de reclamar. Consúltenos antes de firmar.

¿Qué documentos necesito para la primera reunión?

La carta de despido, el contrato de trabajo y sus anexos, las últimas liquidaciones de sueldo, el certificado de cotizaciones previsionales y, si se lo ofrecieron, el finiquito. Si le falta alguno, igual podemos empezar.

¿Atienden fuera de Viña del Mar?

Sí. Tenemos oficina en Viña del Mar y representamos a trabajadores y empresas en todo Chile. Las reuniones pueden ser por videollamada o por teléfono.

Su caso merece una evaluación honesta.

Le diremos con claridad si existe un caso, qué puede obtener y cómo proceder.

Confidencial. Atención presencial en Viña del Mar y por videollamada en todo Chile.

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