Análisis de un despido injustificado y el pago de bono semestral

⁉️ ¿Corresponde el pago de un bono semestral a un trabajador si su contrato de trabajo no está vigente al momento del pago?

⁉️¿Es suficiente que el trabajador haya prestado sus servicios para acceder a este beneficio?


👨‍⚖️ Razonamiento Judicial 👩‍⚖️
⚖️ El bono semestral corresponde a una remuneración especial por el desempeño de los trabajadores, la que se originó en las condiciones pactadas por las partes. Esta se incorpora al patrimonio del trabajador una vez que se han prestado los servicios.


🎯 «Atendida su naturaleza, le resultan aplicables los artículos 54 bis y 55 del CdT y, dado que, el bono compensatorio corresponde al período marzo a septiembre, ambos de 2020, servidos por los demandantes, esta remuneración especial se incorporó al patrimonio de los actores, por lo que procede su pago».

⚖️ En la sentencia, se declara que la relación laboral se terminó por decisión unilateral del empleador, la que ha sido declarada sin justificación legal. Esto no impide el pago del bono, aunque el contrato no estuviera vigente al momento del pago.


🎯 Corolario 🎯
💰El bono semestral, al ser una remuneración especial, se incorpora al patrimonio del trabajador por el solo hecho de prestar sus servicios. «esta remuneración especial se incorporó al patrimonio de los actores, por lo que procede su pago».

🤝 El hecho de que el trabajador ya no mantenga el vínculo laboral con la empresa no es un impedimento para que se realice el pago de esta remuneración.

⚖️ El término del contrato de trabajo por una decisión unilateral del empleador, que ha sido declarada carente de justificación, no obstaculiza el pago de este beneficio.

👩‍⚖️ 🧑‍⚖️ 👩‍⚖️ Se acoge el cobro del 120% del bono semestral y se condena a la demandada a pagar las sumas correspondientes a los demandantes. Las sumas se pagarán con reajustes e intereses.


(Redactó M. Ana María Osorio Astorga) .

¿Le pasó algo parecido? Cuéntenos su caso y le diremos con claridad si tiene una acción y en qué plazo. Evaluar mi caso →

WhatsApp