Asignación de pérdida de caja no es remuneración

Una cajera se auto-despidió alegando descuentos indebidos por “pérdida de caja”.

El tribunal le dio la razón, estimando que esos descuentos afectaban su remuneración. El empleador sostuvo que se trataba de una asignación pactada para cubrir diferencias de caja, no de un sueldo, y que los descuentos estaban permitidos. Por lo tanto,la Corte señaló que el error fue confundir una asignación no remuneracional con una remuneración, aplicando normas del CdT que no correspondían. Por eso, anuló el fallo y rechazó la demanda.

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