Cosa juzgada y avenimiento: límites frente a demandas por remuneraciones adeudadas

El empleador alegó que la trabajadora no podía volver a demandar, porque ya existía un avenimiento anterior en un juicio de desafuero donde se pagó una suma única y se puso fin a la relación laboral.

La Corte rechazó el recurso de nulidad y señaló que, para que opere la cosa juzgada, deben coincidir partes, objeto y causa de pedir. Y aunque las partes eran las mismas, el objeto no: el juicio anterior trató del desafuero, mientras que este buscaba remuneraciones adeudadas.

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