📌 La ICA de Temuco acogió parcialmente un recurso de nulidad porque la juez no resolvió el feriado legal y proporcional solicitado en la demanda.
💬 La Corte señaló el art. 478 letra e) en relación con el art. 459 N°6 del CdT obliga a que toda sentencia responda todas las peticiones. Si una queda fuera, el fallo está viciado.
La Corte anuló parcialmente y ordenó dictar nueva resolución solo respecto del feriado.
Sentencia incompleta: Juez no se pronuncia sobre una pretensión
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