Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota: determinación de vínculo laboral en contratación a honorarios

RIT O-563-2020: Una ingeniera en Prevención de Riesgos fue contratada formalmente a honorarios entre 2016 y 2020, vinculados al proyecto de Normalización del Hospital Dr. Gustavo Fricke. El 19-02-2020 le informan que no se renovará el convenio, quedando sin trabajo, sin carta de despido ni expresión de causal ni comunicación de cotizaciones.

➡️ LA DEMANDANTE

🚩 Relación laboral encubierta: cumplía jornada de 44 horas, registraba asistencia, recibía instrucciones directas del Inspector Técnico de Obras (ITO), utilizaba dependencias y medios del Servicio, y sus labores no serían accidentales ni propias de un cometido específico conforme al art. 11 de la Ley 18.834.

🚩Solicita: reconocimiento de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones.

➡️ EL SERVICIO DE SALUD

Sostiene que no existió relación laboral, sino contratos a honorarios válidos conforme al art. 11 Ley 18.834.

📍Las funciones eran accidentales y específicas, asociadas al proyecto de Normalización del Hospital Dr. Gustavo Fricke.

📍El pago mensual no es remuneración, sino honorarios sujetos a boleta e informe.

📍La actora es trabajadora independiente, por lo que debía gestionar sus cotizaciones.

📍Sobre la nulidad del despido, niegan deuda previsional “como empleador”.

¿CUÁL FUE LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL?

El tribunal rechaza en todas sus partes la demanda.

🔺 La contratación a honorarios de Marcela era válida y ajustada a derecho.

🔺No se configura una relación laboral regida por el Código del Trabajo.

🔺No se pronuncia sobre las prestaciones, por ser incompatibles con lo resuelto.

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