(RIT T-213-2021) Un funcionario público, administrativo del Hospital Gustavo Fricke de Viña del Mar, deduce una acción de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales: Derecho a la Integridad Física y Psíquica (artículo19 Nº1); Vida Privada y Honra (artículo19 Nº 4). Además, sobre actos de discriminación (artículo 2 CT).
➡️ EL DEMANDANTE
🚩 En 2020, al marcar su salida laboral en el reloj biométrico, se produjo un error en el sistema de huellas digitales, asociándose uno de sus dedos a la ficha de una funcionaria (ex pareja y dirigente gremial).
🚩 A raíz de ello, se instruyó un sumario administrativo, en el cual el actor fue suspendido de funciones de forma inmediata, investigado por una supuesta falta a la probidad y finalmente sancionado con suspensión de remuneraciones, luego de haberse propuesto incluso su destitución.
🚩El actor alegó que el sumario:
1.Fue parcial y arbitrario.
2. No investigó adecuadamente a la otra funcionaria involucrada.
3. Se extendió más allá de los plazos legales.
4. Incluyó intromisiones indebidas en su vida privada.
5. Le provocó una grave afectación económica y psicológica.
➡️ EL SERVICIO DE SALUD
📍Falta de legitimidad pasiva: El Servicio afirma que el demandante no trabaja para él, sino para el Hospital Gustavo Fricke, que es un hospital autogestionado, con personalidad, administración y responsabilidad propia.
📍El tribunal laboral no es competente: el conflicto no es laboral, sino administrativo, porque se discute la legalidad de un sumario administrativo,
📍No hubo vulneración de derechos fundamentales: El sumario fue legal, reglado y confidencial. Además, el funcionario tuvo derecho a defensa.
📍Ineptitud del libelo: la demanda confunde constantemente Hospital con Servicio de Salud y carece de claridad.
¿CUÁL FUE LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL?
El tribunal rechaza la demanda, acogiendo las excepciones opuestas por la demandada:
🔺Falta de legitimación pasiva del Servicio de Salud Viña del Mar–Quillota.
🔺Improcedencia de la acción de tutela para impugnar un sumario administrativo.
🔺Falta de acreditación suficiente de vulneración de derechos fundamentales imputable al demandado.